Recorte al Presupuesto 2026: Falso, Aclarado por la SHCP

Ante las recientes publicaciones que advierten sobre una supuesta eliminación masiva de programas en el Presupuesto de Egresos 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió, el 8 de julio de 2025, una tarjeta informativa en la que desmiente de manera categórica estos señalamientos. La controversia inició tras un comunicado del Grupo Parlamentario del PAN en la Cámara de Diputados, difundido el 6 de julio bajo el título “Recortes a presupuesto 2026: retroceso en desarrollo de infraestructura y salud”. En él, se afirma que la SHCP contempla la eliminación de 347 programas presupuestarios, lo que representaría una disminución del 38.9% respecto al año anterior, afectando principalmente a sectores clave como salud e infraestructura. Sin embargo, la SHCP aclara que no se trata de recortes ni cancelaciones, sino de una reestructuración programática orientada a la compactación de programas similares o complementarios, con el objetivo de lograr un uso más eficiente de los recursos públicos. En este sentido, se explicó que algunos programas serán integrados en estrategias más amplias. Por ejemplo, diversos componentes del sector salud serán incorporados en el programa “Política de prevención y control de enfermedades”, lo que no implica una disminución de recursos ni la desaparición del enfoque o cobertura de atención, sino un esfuerzo por fortalecer la eficacia del gasto público, evitar duplicidades administrativas y garantizar mejores resultados en la operación gubernamental. Esta medida forma parte de los trabajos técnicos que se realizan cada año para construir el Proyecto de Presupuesto de Egresos, y responde a una política fiscal responsable que busca mantener finanzas públicas sanas sin descuidar las necesidades sociales prioritarias. Finalmente, la SHCP reiteró su compromiso con la transparencia, el fortalecimiento institucional y el desarrollo económico y social del país, asegurando que las decisiones presupuestales del próximo año se alinearán con los principios de eficiencia, equidad y responsabilidad fiscal. En ARH Consultores seguimos de cerca temas económicos, fiscales y contables que impactan a nuestro entorno, brindándote información clara, confiable y oportuna para la toma de decisiones. ARH te mantiene informado.

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IMSS lanza advertencia: Regulariza la situación salarial de tus trabajadores

El 16 de junio de 2025, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitió un comunicado dirigido a los empleadores, exhortándolos a revisar y, en su caso, regularizar la situación afiliatoria y salarial de su personal. El objetivo es cumplir con las obligaciones patronales en materia de seguridad social, particularmente en lo que respecta a la correcta integración del Salario Base de Cotización (SBC). Tras un análisis institucional, el IMSS identificó patrones que registran a todos sus trabajadores con el mismo salario, lo que puede reflejar inconsistencias en la integración salarial. Esta práctica, de no corregirse, puede derivar en omisiones legales y actos de fiscalización. El Instituto recordó que los patrones deben comunicar altas, bajas y modificaciones salariales dentro de cinco días hábiles, e integrar correctamente el SBC con base en las percepciones reales de los trabajadores, conforme al artículo 27 de la Ley del Seguro Social. Como medida de apoyo, el IMSS habilitó el servicio de Promociones Electrónicas en el Buzón IMSS (https://buzon.imss.gob.mx), para presentar dudas o aclaraciones bajo el asunto “Concentración Salarial”. ¿Cuáles son las obligaciones prioritarias ante el IMSS? El Instituto recalca a los empleadores lo establecido en los artículos 15 y 27 de la Ley del Seguro Social: Notificar altas, bajas y modificaciones salariales dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles. Integrar correctamente el SBC, considerando todas las percepciones que por su naturaleza deben incluirse (gratificaciones, primas, comisiones, prestaciones en especie, etc.). Registrar contablemente los conceptos excluidos, respetando los porcentajes y condiciones legales para no ser considerados parte del salario base. Registrar a los trabajadores con un salario inferior al que realmente perciben es una irregularidad que puede derivar en multas, recargos y revisiones exhaustivas por parte del IMSS. Revisa tu situación antes de que lo haga la autoridad Este llamado del IMSS confirma la importancia de revisar de manera preventiva la situación fiscal y de seguridad social de tu empresa. En ARH Consultores, ponemos a tu disposición nuestro servicio de Check Up de cumplimiento de obligaciones patronales ante al IMSS, diseñado para brindarte un panorama claro y preciso del cumplimiento de tus obligaciones. Realizamos procedimientos específicos de revisión y análisis sobre la información de tu negocio, generando un diagnóstico integral Evaluando: Contabilidad e impuestos Materialidad de operaciones Cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social Proveedores de riesgo  Beneficios clave: Prevención de multas, recargos y créditos fiscales Protección frente a auditorías electrónicas o visitas domiciliarias Reducción de riesgo de cancelación de sellos digitales Aprovechamiento de estímulos fiscales Protección de tu operatividad y patrimonio Nuestro Check Up de cumplimiento de obligaciones patronales ante al IMSS te da claridad, seguridad y una base sólida para la toma de decisiones. Solicítalo hoy con ARH Consultores y fortalece la estabilidad de tu negocio.

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¿Cambiaste de actividad económica? Esto es lo que debes de saber

En México, tanto las personas físicas como las morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) están sujetas a una serie de obligaciones fiscales establecidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Una de estas obligaciones clave es mantener actualizada la información relativa a sus actividades económicas. De acuerdo con el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación y sus reglamentos, toda modificación en las actividades que realiza un contribuyente debe ser notificada al SAT mediante un aviso de actualización. Esta actualización debe reflejar correctamente la actividad económica preponderante, así como los cambios que deriven en nuevas obligaciones fiscales o en modificaciones al régimen de tributación. ¿Cuándo se debe presentar este aviso? El Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en sus artículos 29 y 30, establece que se debe presentar un aviso cuando: Se inicie o se deje de realizar una actividad económica. Cambie la actividad preponderante registrada. Se opte por un régimen fiscal distinto. Se modifique la periodicidad en la que se cumplen las obligaciones fiscales. Se adquiera o elimine alguna obligación fiscal periódica. Este aviso debe ser presentado dentro del mes siguiente al momento en que se haya producido el cambio. Omitir este paso no solo pone en riesgo la correcta operación fiscal del contribuyente, sino que también puede derivar en multas que van desde los $1,800.00 hasta los $10,780.00, según lo dispuesto en los artículos 79 y 80 del mismo código. ¿Qué riesgos implica no cumplir con esta obligación? Además del riesgo económico por posibles sanciones, no realizar esta actualización puede afectar trámites posteriores ante el SAT, generar inconsistencias en la contabilidad fiscal y, en algunos casos, provocar la suspensión temporal del RFC o el bloqueo de sellos digitales. ¿Cómo puede ayudarte ARH Consultores? En ARH Consultores entendemos que la actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales no solo es un trámite más, sino un aspecto esencial para mantener tu cumplimiento ante la autoridad fiscal. Por eso, dentro de nuestro servicio de Check Up Fiscal, realizamos una revisión detallada de tu situación fiscal actual identificando si existen omisiones o modificaciones necesarias, y te guiamos paso a paso para evitar sanciones y operar con certeza jurídica y fiscal. Evita sanciones y mantén tu información actualizada con el respaldo de expertos.Conoce más sobre nuestro servicio de Check Up Fiscal y agenda tu asesoría hoy mismo.

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¿El SAT está realizando visitas domiciliarias? Descubre de qué se trata

En ARH Consultores te informamos sobre los comunicados más recientes del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para que estés al tanto y evites caer en información falsa o alarmista. El pasado 6 de junio de 2025, el SAT emitió una tarjeta informativa para aclarar los rumores sobre supuestas visitas domiciliarias masivas a contribuyentes durante el mes. En ella se puntualizan los siguientes aspectos: No existe ningún operativo masivo dirigido a un régimen o tipo de contribuyente en particular. Esto incluye asalariados, honorarios, arrendadores, personas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), jubilados o personas morales. Las personas jubiladas y pensionadas no son un sector prioritario para revisión. Solo podrían ser verificadas en casos excepcionales. El SAT sí tiene facultades legales para realizar visitas domiciliarias, pero únicamente bajo criterios objetivos de riesgo fiscal. Cualquier visita tiene como propósito verificar el cumplimiento de obligaciones tributarias y se realiza respetando los derechos de los contribuyentes. Se rechaza la idea de “terrorismo fiscal” y cualquier intento por generar miedo en la ciudadanía. Gracias a la cultura contributiva, cada vez más contribuyentes cumplen sus obligaciones voluntariamente, en tiempo y forma. Es importante subrayar que este tipo de visitas están plenamente fundamentadas en el Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, y su procedimiento está regulado por el Artículo 49 del mismo ordenamiento. Este último establece puntos clave como: Las visitas se realizan exclusivamente en el domicilio fiscal. Los visitadores deben presentar una orden y acreditarse ante la persona que reciba la visita. Se debe levantar un acta en la que se documenten hechos u omisiones detectadas. Asimismo, se respalda la legalidad de estos procedimientos con la tesis jurisprudencial registrada bajo el número 2028294, la cual establece que el procedimiento de visitas domiciliarias respeta el principio de seguridad jurídica. Este proceso está alineado con lo dispuesto en el Artículo 16 constitucional, que protege a los ciudadanos ante actos de molestia que no estén debidamente justificados por una autoridad competente. Finalmente, el SAT pone a disposición de los contribuyentes canales para denunciar irregularidades:📩 Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx📞 Teléfono: 55 627 22 728 En ARH Consultores estamos comprometidos con mantenerte informado y respaldarte ante cualquier duda o procedimiento fiscal. Si tienes inquietudes sobre una posible visita domiciliaria o requieres asesoría, acércate a nosotros.

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¿Tu empresa está pagando impuestos por utilidades que aún no existen?

En México, muchas empresas podrían estar incurriendo en un riesgo fiscal significativo sin saberlo: el pago de impuestos sobre ingresos no generados realmente, debido a un criterio establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) que afecta directamente la determinación de la utilidad fiscal. ¿Dónde está el problema? El origen se encuentra en el último párrafo del artículo 28 de la Ley del ISR, que establece que los conceptos no deducibles deben considerarse en el ejercicio en que se realiza la erogación, y no cuando forman parte del costo de lo vendido. Esto implica que ciertas erogaciones incluidas en inventarios —aunque no hayan generado ingresos efectivos— incrementan la base gravable de manera artificial, generando una utilidad fiscal mayor a la utilidad económica real. En otras palabras, el SAT podría estar inflando tu base gravable sin que te des cuenta, obligándote a pagar ISR sobre una ganancia que no has percibido. ¿Qué consecuencias puede tener? Carga tributaria injustificada: Pagas más impuestos de los que corresponderían según tu capacidad económica real. Menor liquidez: Afectas tus finanzas al adelantar impuestos. Mayor exposición fiscal: Estás en riesgo de ser observado por la autoridad sin haber cometido una omisión directa. Hay precedentes legales La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha señalado en la Tesis Jurisprudencial 2017183 que este criterio contraviene el principio constitucional de proporcionalidad tributaria. En consecuencia, se ha protegido a contribuyentes mediante amparos, evitando que se les aplique esta disposición hasta que las erogaciones formen parte del costo de lo vendido. Sin embargo, la obligación legal permanece vigente. Por eso, es fundamental contar con asesoría especializada. La Solución: Consultoría Fiscal Especializada En ARH Consultores ofrecemos un servicio de Consultoría Fiscal Especializada diseñado para ayudarte a prevenir este tipo de riesgos y optimizar tu cumplimiento fiscal. Nuestro acompañamiento incluye: Diagnóstico fiscal integral: Analizamos si tu empresa está reconociendo erogaciones de forma anticipada y evaluamos el impacto de los conceptos no deducibles. Revisión detallada de cumplimiento: Declaraciones, pagos, CFDI y contabilidad electrónica bajo lupa. Planeación fiscal personalizada: Estructuras eficientes, legales y rentables. Asesoría técnica ante auditorías: Incluye defensa documental y argumentativa. Evaluación de riesgos fiscales: Identificamos contingencias potenciales antes de que escalen. Actualización normativa: Te mantenemos al día ante cambios legales y criterios administrativos del SAT. Toma decisiones informadas, con respaldo técnico y estratégico Evita pagar más impuestos de los que realmente debes. Con nuestra Consultoría Fiscal Especializada podrás blindar tu operación, anticipar contingencias legales y tomar decisiones con mayor certeza y respaldo técnico. Contáctanos para agendar una sesión personalizada y fortalece la salud fiscal de tu empresa con ARH Consultores.

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El Reparto de Utilidades 2025 es tu derecho.

Récord histórico en Declaraciones Anuales: SAT reconoce cumplimiento de contribuyentes El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció un récord histórico en la presentación de Declaraciones Anuales por parte de personas físicas: 11.4 millones de contribuyentes cumplieron con esta obligación en 2025, superando los 10.2 millones registrados en 2024. Esto representa un incremento del 7%, con más de 750 mil personas adicionales presentando su declaración este año. Además, 7.9 millones de contribuyentes solicitaron saldo a favor, lo que resultó en devoluciones por más de 35 mil millones de pesos. Sin duda, estas cifras reflejan una mayor conciencia fiscal y un compromiso creciente con el cumplimiento tributario. Sin embargo, este aumento también implica un mayor escrutinio por parte del SAT. Sin embargo, encontramos como excepción a la obligación de repartir utilidades a las empresas que tuviesen menos de un año de funcionamiento. Mientras que para las empresas que sean de nueva creación y estén dedicadas a la elaboración de un nuevo producto, tienen una excepción durante sus dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto depende de las disposiciones legales para el fomento de las industrias nuevas. También están exentos el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; las instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro; y aquellas empresas cuyo capital sea menor al fijado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social según sea la rama industrial a la que pertenezcan. Para esta excepción, se debe realizar previamente una consulta ante la Secretaría de Economía (artículo 126 LFT). La PROFEDET ofrece a los trabajadores una asesoría y acompañamiento gratuito para aquellos a quienes no le sea otorgado el pago de sus Utilidades, así como para esclarecer sus dudas, a través de los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942, mediante el correo electrónico quejasdelservicio@stps.gob.mx, o bien, en sus oficinas distribuidas en toda la República.

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Se rompe récord en la presentación de Declaraciones

Récord histórico en Declaraciones Anuales: SAT reconoce cumplimiento de contribuyentes El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció un récord histórico en la presentación de Declaraciones Anuales por parte de personas físicas: 11.4 millones de contribuyentes cumplieron con esta obligación en 2025, superando los 10.2 millones registrados en 2024. Esto representa un incremento del 7%, con más de 750 mil personas adicionales presentando su declaración este año. Además, 7.9 millones de contribuyentes solicitaron saldo a favor, lo que resultó en devoluciones por más de 35 mil millones de pesos. Sin duda, estas cifras reflejan una mayor conciencia fiscal y un compromiso creciente con el cumplimiento tributario. Sin embargo, este aumento también implica un mayor escrutinio por parte del SAT. ¿Qué significa esto para ti como contribuyente? Con más declaraciones presentadas, las revisiones automatizadas y electrónicas del SAT se intensifican, aumentando la probabilidad de recibir cartas invitación. Estas notificaciones son alertas que indican posibles inconsistencias o comportamientos atípicos en tus declaraciones fiscales. Aunque no representan una sanción inmediata, ignorarlas puede tener consecuencias graves, tales como: Restricción o cancelación del Certificado de Sello Digital Auditorías electrónicas y revisiones de gabinete Determinación de créditos fiscales En ARH Consultores, estamos listos para apoyarte Nuestro servicio especializado en atención a cartas invitación del SAT está diseñado para brindarte la seguridad y respaldo que necesitas en este entorno cada vez más vigilado. Te ayudamos a: Analizar a fondo el contenido de la carta y tu situación fiscal Presentar aclaraciones claras y oportunas ante el SAT Corregir inconsistencias o resolver supuestos errores Desbloquear tu Certificado de Sello Digital, si ha sido restringido Defenderte legalmente en caso de controversias Prevenir futuros señalamientos con asesoría fiscal continua Un récord que implica responsabilidad Celebramos que cada vez más personas estén cumpliendo con sus obligaciones fiscales, pero también sabemos que el cumplimiento no termina con la presentación de la declaración. En ARH Consultores, te acompañamos en el siguiente paso: mantener tu situación fiscal en orden y responder con eficacia ante cualquier requerimiento de la autoridad.

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Conoce la clave para un negocio seguro y estable

Mantener la salud fiscal de tu empresa es fundamental para su estabilidad y crecimiento. En un entorno donde las regulaciones cambian constantemente, es fácil caer en incumplimientos que pueden derivar en sanciones o afectar la operatividad de tu negocio. Un Check Up Fiscal te permite evaluar tu situación y corregir cualquier error antes de que se convierta en un problema mayor. ¿Qué es un Check Up Fiscal? El Check Up Fiscal es un servicio de análisis y revisión detallada de la información fiscal y contable de tu empresa. Su objetivo principal es identificar riesgos, detectar incumplimientos y generar un diagnóstico preciso sobre la situación fiscal de tu negocio. En ARH Consultores, nuestro Check Up Fiscal incluye la evaluación de: Contabilidad e impuestos: Revisión de registros contables y cumplimiento de obligaciones tributarias. Materialidad de operaciones: Verificación de la correcta documentación de tus transacciones. Cumplimiento de seguridad social: Análisis de pagos y obligaciones con el IMSS e INFONAVIT. Proveedores de riesgo: Identificación de relaciones comerciales con empresas en la lista negra del SAT. Beneficios de realizar un Check Up Fiscal Detección temprana de errores e incumplimientosIdentificamos inconsistencias que podrían generar problemas fiscales a futuro, evitando multas y sanciones. Mayor certidumbre fiscalConocer la situación real de tu empresa te permite tomar decisiones con seguridad y confianza. Reducción de riesgos fiscalesAl detectar y corregir errores, minimizas la posibilidad de recibir cartas invitación, auditorías o visitas domiciliarias por parte de la autoridad fiscal. Evita la restricción o cancelación de sellos digitalesAseguramos que tu empresa mantenga su operatividad evitando bloqueos fiscales inesperados. Optimiza el aprovechamiento de beneficios fiscalesIdentificamos oportunidades de aplicación de estímulos fiscales que pueden representar ahorros significativos para tu negocio. Protección de tu patrimonioUn correcto cumplimiento fiscal protege tus activos y evita problemas legales que puedan comprometer el futuro de tu empresa. Realizar un Check Up Fiscal de manera periódica es una estrategia inteligente para garantizar el cumplimiento normativo, reducir riesgos y optimizar la gestión de tu empresa. En ARH Consultores, te ofrecemos un análisis detallado y soluciones a medida para que operes con tranquilidad y seguridad. No esperes a que sea tarde, protege tu negocio hoy mismo con nuestro Check Up Fiscal.

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Evita Sanciones: Todo lo que Debes Saber sobre el Dictamen del IMSS

Implicaciones de No Presentar el Dictamen del IMSS a Tiempo El cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social es fundamental para las empresas en México. Entre ellas, se encuentra la presentación del dictamen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), un requisito establecido en la Ley del Seguro Social (LSS) y en el Reglamento en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACRF). En ARH Consultores, entendemos la importancia de este proceso y las consecuencias que puede traer su incumplimiento. A continuación, detallamos los principales puntos a considerar. Plazos para la Presentación del Dictamen De acuerdo con los artículos 16 de la LSS y 161 del RACRF, los patrones que cuentan con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal anterior, así como aquellos que voluntariamente optaron por someterse a revisión, deben presentar su dictamen correspondiente al ejercicio 2022 a más tardar el 30 de septiembre. Sin embargo, si dicha fecha cae en un día inhábil, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil, conforme lo establecen los artículos 3 del RACRF y 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF). En este caso específico, al caer en sábado, la fecha límite se extendió hasta el lunes 2 de octubre. Consecuencias del Incumplimiento No presentar el dictamen en tiempo y forma puede acarrear diversas sanciones y afectaciones tanto para el patrón como para el contador público autorizado. A continuación, se explican los efectos principales: Dictamen Sin Efecto Si el dictamen se entrega fuera del plazo establecido, no tendrá validez alguna, salvo que el IMSS, en un plazo de tres meses, determine aceptarlo por razones justificadas y notifique al patrón y al contador público autorizado. Multas para el Patrón El incumplimiento en la entrega del dictamen puede derivar en sanciones económicas significativas: Por no presentar el dictamen o hacerlo fuera del plazo: Multa de entre 20 y 350 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a un rango de $2,074.80 a $36,309, según los artículos 304-A, fracción XX y 304-B, fracción IV de la LSS. Por omitir o presentar tardíamente el dictamen voluntario: Multa de entre 20 y 75 veces la UMA, es decir, entre $2,074.80 y $7,780.50, conforme a los artículos 304-A, fracción XIX y 304-B, fracción I de la LSS. Suspensión del Registro del Dictaminador Si el contador público autorizado no emite el dictamen y sus anexos dentro del plazo estipulado, el IMSS puede suspender su registro por un año. Cancelación del Registro del Contador Público El contador público perderá su registro ante el IMSS si no informa al Instituto sobre algún impedimento para emitir su opinión o si omite notificar al patrón sobre la suspensión o cancelación de su registro. Pérdida de Beneficios para el Patrón No entregar el dictamen implica la pérdida de ciertas ventajas legales, entre ellas: No estar exento de visitas domiciliarias del IMSS. No poder aclarar cédulas de liquidación durante el dictamen. Posible emisión de cédulas de liquidación del ejercicio dictaminado. Posibilidad de Prórroga El IMSS puede conceder una prórroga de hasta 40 días hábiles a solicitud del patrón, siempre que existan causas justificadas como casos fortuitos, fuerza mayor o impedimentos comprobables del dictaminador (artículo 162 del RACRF). Asimismo, si el patrón sustituye al contador público autorizado, puede solicitar una extensión de hasta dos meses adicionales para presentar el dictamen, según el artículo 160 del mismo reglamento. Garantiza el Cumplimiento con ARH Consultores El dictamen del IMSS es un requisito importante para las empresas, cuyo incumplimiento puede acarrear sanciones económicas, pérdida de beneficios y afectaciones para el contador público. En ARH Consultores, contamos con un equipo de especialistas que pueden asesorarte en cada paso del proceso, asegurando el cumplimiento normativo y evitando posibles sanciones. No dudes en contactarnos para recibir asesoría personalizada y garantizar que tu empresa cumpla con todas sus obligaciones fiscales y de seguridad social.

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Multas de hasta $22,400 pesos por no presentar declaraciones anuales

Cumplir con las obligaciones fiscales es una responsabilidad ineludible para personas físicas y morales en México. Sin embargo, no presentar la declaración anual dentro del plazo establecido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede generar multas significativas, alcanzando hasta $22,400 pesos. ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual? La presentación de la declaración anual es obligatoria para: Personas físicas con ingresos por sueldos y salarios superiores a $400,000 pesos anuales. Quienes perciben ingresos por honorarios, arrendamiento, actividades empresariales u otros regímenes fiscales. Empresas (personas morales) registradas en el Régimen General de Ley. Sanciones por incumplimiento El Artículo 81 del Código Fiscal de la Federación establece que la omisión en la presentación de la declaración anual puede derivar en multas que van desde los $1,810 hasta los $22,400 pesos, dependiendo del tiempo de retraso y reincidencia del contribuyente. Además de la multa, los contribuyentes pueden enfrentar consecuencias adicionales como: Actualización y recargos: El SAT aplicará intereses sobre los impuestos no pagados. Restricción del Certificado de Sello Digital (CSD): Sin este certificado, las empresas no podrán emitir facturas electrónicas. Posibles auditorías fiscales: El SAT podría revisar la situación financiera del contribuyente e imponer sanciones más severas. ¿Cómo evitar estas multas? Para evitar sanciones, es fundamental: Presentar la declaración anual en tiempo y forma. Contar con asesoría fiscal para garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones. Evita riesgos con ARH CONSULTORES Las multas y sanciones por incumplimiento fiscal pueden afectar gravemente la estabilidad financiera de cualquier persona o empresa. En ARH CONSULTORES, te brindamos asesoría especializada para garantizar el cumplimiento de tus obligaciones ante el SAT. Nos especializamos en la detección, prevención y corrección de riesgos fiscales, ayudándote a evitar sanciones y optimizar la gestión de tu empresa. No dejes que una omisión fiscal afecte tu negocio, contáctanos hoy mismo.

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